ESTUDIO BÁSICO / ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD (Art.4, R.D.1627/1997)
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD . (Art.7, R.D.1627/1997)
Dirigido a empresas constructoras que ejecuten obras.
Elaboración del Plan de Seguridad y Salud, al que están obligados los contratistas, incluyendo, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, todo ello conforme al RD 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

Dirigido a Promotores de Obra.
Redacción del Estudio de Seguridad y Salud o del Estudio Básico de Seguridad y Salud, identificando los riesgos laborales que puedan ser evitados, así como las medidas técnicas necesarias para ello.
En el caso de los riesgos laborales que no puedan evitarse conforme a lo señalado anteriormente, se especifican las medidas preventivas y protecciones técnicas dirigidas a controlar el riesgo existente, optimizando los costes y adecuándolo a los recursos técnicos y humanos de cada empresa.

Desde
Alea Consultores ofrecemos asesoramiento y apoyo técnico a contratistas en la elaboración y posteriores actualizaciones del Plan de Seguridad y Salud en obra, destacando la experiencia de nuestros profesionales en el sector de la construcción, la cual permite ofrecer una respuesta rápida y de garantías a nuestros clientes.De este modo, se redactan Planes de Seguridad y Salud y sus posteriores Anexos, con el compromiso, por un lado, de cumplir los plazos requeridos en el desarrollo de una obra, y por otro, de elaborar la documentación específica adecuada a los riesgos reales existentes en la obra.